La Sala III de la Cámara Nacional Civil y Comercial de Mar del Plata, en autos “B., A. N. c/A., G. E. s/medidas precautorias“, en el marco de un proceso de divorcio resolvió mantener el embargo preventivo decretado por el juez de primera instancia sobre el 50% de la indemnización por despido que pudiera corresponderle a uno de los cónyuges.
En tal sentido, entendió que a la altura en la que se encontraba el proceso, el régimen de comunidad de los cónyuges litigantes no se había extinguido, con lo cual dicha indemnización revestía el carácter de ganancial.
Fuente: Editorial Errepar
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