Seguro Colectivo de Vida Obligatorio. Incremento. Determinación del monto

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Recordamos que a partir del 1 de marzo se incrementa el importe del seguro colectivo de vida obligatorio (SCVO), en virtud de lo dispuesto por la resolución (SSN) 39766/2016, que fija el valor del SCVO en un monto equivalente a 5,5 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM).

En consecuencia, y dado que el último importe del SMVM publicado asciende a $ 10.000, el nuevo valor de la suma asegurada a partir del mes de marzo de 2018 se incrementa a $ 55.000.

Para el empleador representa un incremento en el valor de la cobertura que abona mensualmente por cada trabajador, dado que este se calcula sobre la base del capital asegurado.

Entonces, a partir del 1 de marzo de 2018, el costo final que le insume al empleador contar con la cobertura de sus trabajadores pasa de $ 9,09 a $ 11,28 mensuales por cada trabajador:

Cálculo
Valor de suma asegurada Valor de prima Coeficiente Total por cada trabajador
$ 55.000 x $ 0,205 / $ 1.000 = $ 11,28

Por otra parte, el artículo 11 del Anexo de la citada resolución dispone que el premio será declarado e ingresado directamente con las mismas modalidades, plazos y condiciones establecidos para el pago de los aportes y contribuciones con destino a la Seguridad Social, en función de la nómina del mes que se declara.

En consecuencia, el nuevo valor de la prima debe ser incluido en el formulario F. 931 del mes de marzo de 2018.

TRABAJO AGRARIO

Para el Régimen Agrario regulado por la ley 26727 es de aplicación la resolución (MF) 224-E/2017, que también establece la metodología de actualización anual, con vigencia a partir del mes de marzo de cada año, fijando el valor del SCVO en un monto equivalente a 5,5 salarios mínimos vitales y móviles, es decir, $ 55.000.

 

Fuente: Editorial Errepar