Sistema Nacional del Seguro de Salud. Cobertura para cirugía no incluida en el Programa Médico Obligatorio. Procedencia

por

SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD. COBERTURA PARA CIRUGÍA NO INCLUIDA EN EL PROGRAMA MÉDICO OBLIGATORIO. PROCEDENCIA

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos “Duich Dusan, Federico c/CEMIC (Centro de Educación Médica e Investigaciones Clínicas ‘Norberto Quirno’) s/amparo” de fecha 29/4/2014, resolvió que “el derecho a obtener conveniente y oportuna asistencia sanitaria se vería frustrado si se aceptara que la falta de exclusión de un tratamiento no importara su lógica inclusión en la cobertura, siendo inadmisible la referencia histórica al estado del conocimiento médico al tiempo de fijarse los términos de dicha cobertura, dado que se traduciría en la privación de los adelantos terapéuticos que el progreso científico incorpora al campo de las prestaciones médico-asistenciales. Asimismo, el artículo 28 de la ley 23661 previó ‘expressis verbis’ que el programa de prestaciones obligatorias se actualizará periódicamente. El sistema de la ley 23661 tiene como objetivo fundamental proveer el otorgamiento de prestaciones de salud igualitarias, integrales y humanizadas, que tiendan a la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud, que respondan al mejor nivel de calidad disponible (art. 2). Con lo cual, en buena medida, este cuerpo legal, al que remite la ley 24754, se comunica con los derechos de toda persona ‘al disfrute del más alto nivel posible de salud’ y ‘a una mejora continua de las condiciones de existencia’, enunciados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (arts. 12.1 y 11.1), en vigor desde 1986 (L. 23313), y que cuenta con jerarquía constitucional a partir de 1994 [art. 75, inc. 22), CN].”.

Para acceder al texto completo del fallo, haga click aquí