Se extiende la suspensión de la baja de oficio de monotributo

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A través de la resolución general 4724, la AFIP extiende nuevamente la suspensión de la baja de oficio de monotributo no realizando durante el mes de mayo de 2020 los controles sistémicos que se aplican habitualmente a tal fin.

Recordamos que, anteriormente, a través de las resoluciones generales 4687 y 4704 se habían suspendido las bajas de oficios del Régimen Simplificado que realiza la Administración durante los meses de marzo y abril de 2020.

Esta medida se toma a los fines de amortiguar el impacto negativo de la situación epidemiológica de emergencia y del aislamiento social, preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Asimismo, se suspenden transitoriamente las bajas por falta de pago, no computándose los meses de marzo, abril y mayo del año 2020 como meses a contabilizar para la aplicación de las bajas automáticas del régimen del monotributo nacional.

Recordamos que el decreto reglamentario del Régimen Simplificado dispone que un contribuyente será dado de baja automáticamente de pleno derecho del mismo ante la falta de ingresos del impuesto integrado y/o de las cotizaciones previsionales fijas, por un período de diez meses consecutivos.

Con estas renovaciones de las excepciones, la Administración Federal de Ingresos Públicos anunció que ningún monotributista será dado de baja de oficio durante el mes de mayo de 2020.

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4724