Incremento social obligatorio D. 14/2020. Fin de la disminución de contribuciones

De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 14/2020 las micro, pequeñas y medianas empresas, que cuenten con Certificado MiPyME vigente, quedarán eximidas del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino, con relación al incremento salarial obligatorio, durante los períodos devengados enero, febrero y marzo de 2020 o el menor plazo en que tal incremento sea absorbido por las futuras negociaciones paritarias.