Se rechazó el amparo colectivo contra la suspensión de la fórmula de movilidad jubilatoria

El Juzgado Federal de la Seguridad Social 9, en autos “Lezaun, Silvia Inés y otro c/ ANSeS s/amparos y sumarísimos”, de fecha 3/3/2020, resolvió tener por no acreditada la legitimación activa invocada por una Asociación Civil en defensa de la tercera edad, que había promovido un amparo colectivo contra el decreto 163/2020, en tanto el mismo suspendió por 180 días la aplicación de la fórmula de movilidad jubilatoria prevista por el art. 1º de la Ley Nº 27.426