Trámite de reconocimiento de aportes por tareas de cuidado

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La ANSES informa en su página web los pasos a seguir para obtener el reconocimiento de aportes por tareas de cuidado, trámite que pueden realizar las mujeres que tengan la edad requerida para jubilarse, no cuenten con los años de aportes necesarios y tengan hijas y/o hijos.

¿Quiénes pueden iniciar el trámite?

  • Mujeres con hijas y/o hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios.
  • Podrán acceder a esta medida aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o en trámite.

¿Cuántos años se reconocerán?

El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado computará:

  • 1 año de aportes por hija/o.
  • 2 años de aportes por hija/o adoptada/o.

Asimismo, reconocerá de forma adicional 1 año por hija/o con discapacidad y 2 años en caso de que haya sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por al menos 12 meses.

Además, se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.

Esta medida de inclusión es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes.

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¿Cuáles son los pasos a seguir?

La ANSES informa que para iniciar el trámite la persona debe revisar que sus hijas y/o hijos se encuentren registrados, ingresando a MI ANSES“Información Personal” – “Datos personales y familiares”.

Además, mediante el sistema de turnos para “Asesoramiento por tareas de cuidado”, la persona deberá elegir una fecha para ser atendida en una oficina de ANSES, llevando la siguiente documentación:

  • DNI de la madre.
  • Partidas de nacimiento de hijas o hijos.
  • Si se trata de hijas e hijos con discapacidad, llevar el Certificado de Discapacidad (CUD).
  • Si se trata de hijas o hijos adoptados, presentar la sentencia de adopción.