ACUERDO (Suprema Corte de Justicia de la Prov. de Buenos Aires) 3822
Se fija el valor de la remuneración de los funcionarios y letrados intervinientes en procesos concursales, para los supuestos de acuerdo preventivo y quiebra liquidada, contemplada en los artículos 266 y 267 de la ley de concursos y quiebras, en la suma de $ 40.342,21.
La norma resulta de aplicación desde el 1 de agosto de 2016.
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Fuente: Editorial Errepar