Autónomos. Pago de la cuota mensual por transferencia bancaria octubre 2016

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Autónomos. Pago de la cuota mensual por transferencia bancaria del período octubre 2016 para las categorías v y v’Recordamos que la resolución general (AFIP) 3936 establece la obligatoriedad para ciertas categorías de trabajadores autónomos y monotributistas de cancelar la cuota mensual mediante transferencia bancaria.

Respecto de los trabajadores autónomos, para aquellos encuadrados en las categorías V y V’ la obligación comienza con el mes devengado octubre, que empieza a vencer el día 4 del presente mes.

Para los inscriptos en las categorías IV y IV’ será obligatorio a partir del mes devengado noviembre -cuyo vencimiento opera en diciembre-, y finalmente, para los de las categorías III y III’, desde el mes devengado diciembre de 2016 -cuyo vencimiento opera en enero de 2017-.

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Fuente: Editorial Errepar