RESOLUCIÓN (Agencia de Recaudación Tributaria Río Negro) 113/2017
BO (Río Negro): 06/03/2017
Se establece que, a partir del 1/4/2017, estarán obligados a habilitar medios de pago con tarjetas de débito a través de terminales de pago electrónico -L. (Río Negro) 5053- todas las personas físicas, jurídicas y sucesiones indivisas que realicen operaciones masivas a título oneroso destinadas al expendio o prestación de bienes o servicios a consumidores finales en la Provincia de Río Negro.
Al respecto, se dispone que los contribuyentes obligados podrán efectuar la solicitud de cómputo como crédito fiscal a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos del costo de instalación del equipo necesario para operar con los medios electrónicos de pago.
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Fuente: Editorial Errepar