Recordamos que la ley 26876 establece el día 27 de junio de cada año como día de descanso para los empleados de la Administración Pública Nacional, en el que no se prestarán tareas, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales.
A continuación acercamos el texto de la citada norma:
27 de junio – Día del Trabajador del Estado
Ley 26876
Art. 1 – Declárase en todo el territorio de la Nación el día 27 de junio de cada año como el “Día del Trabajador del Estado”.
Art. 2 – Establécese el 27 de junio como día de descanso para los empleados de la administración pública nacional, en los que no se prestarán tareas, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales.
Art. 3 – Invítase a las provincias y municipios de toda la República a instaurar el 27 de junio como día de descanso en las respectivas administraciones públicas, con los efectos dispuestos en el artículo 2 de la presente(1).
Art. 4 – De forma.
Vigencia: 6/8/2013
Aplicación: desde el 15/8/2013
DECRETO 1059/2013
Promúlgase la ley 26876.
Bs. As., 1/8/2013
Por tanto:
Téngase por ley de la Nación 26876 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Fuente: Editorial Errepar