Formosa. IIBB. Registro de Arrendadores de Inmuebles para eventos festivos

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Registro de Arrendadores de Inmuebles para la realización de Eventos Sociales Festivos

Se crea el “Registro de Arrendadores de Inmuebles para la realización de Eventos Sociales Festivos”, al que deberán inscribirse todos los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos, tanto locales como los sujetos a las normas del Convenio Multilateral con alta en la Provincia, que en forma habitual cedan en locación, alquiler o arrendamiento el uso de inmuebles situados en el territorio provincial, con destino a la realización de eventos sociales festivos.

Al respecto, se establece que los sujetos inscriptos en el citado Registro deberán informar, con clave fiscal a través del sitio web de la Dirección General de Rentas de Formosa, con una antelación de hasta 48 horas, con carácter de declaración jurada, los datos relativos a los eventos sociales festivos que se desarrollarán en los salones o inmuebles arrendados a tal fin.

Asimismo, se dispone que los citados contribuyentes, como así también aquellos que presten servicios de catering, sonido, decoración, fotografía y/u otros servicios en los mencionados eventos, deberán ingresar un pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos, el que resultará de aplicar a la base imponible las siguientes alícuotas:

– Contribuyentes del régimen general inscriptos ante la Dirección: 7%.
– Contribuyentes de Convenio Multilateral con alta en la jurisdicción de Formosa: 3,50%.

Por último, destacamos que los montos ingresados bajo este concepto computarán como pago a cuenta del impuesto en el mes en que se produjo la prestación del servicio o el arrendamiento del inmueble.

 

Fuente: Editorial Errepar