Mendoza. Ingresos Brutos. Sellos. Calendario de vencimientos 2018

por

La Administración Tributaria Mendoza establece los vencimientos de los tributos correspondientes al año calendario 2018.
Asimismo, se fija el 29/6/2018 como fecha de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual 2017 por parte de los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos.

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Trib. Mendoza Mendoza) 95/2017

VISTO

El Expte. N° 25002-D-17-01130 y las disposiciones del Artículo 38 del Código Fiscal (t.o. s/Decreto N° 1284/93 y sus modificatorias), que faculta a la Administración Tributaria Mendoza a fijar plazos para el pago de las obligaciones, y

CONSIDERANDO

Que resulta necesario ordenar el flujo de recursos tributarios en forma coordinada con la financiación que requiere el gasto público.

Que se estima oportuno permitir a los contribuyentes, ejercer la opción del pago total en la fecha de vencimientos fijadas.

Que ha tenido la debida intervención el Departamento Asuntos Legales de esta Administración.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 10 inciso d) del Código Fiscal (t.o. s/Decreto N° 1284/93 y sus modificatorias) y la Ley N° 8521,

EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MENDOZA

RESUELVE

Art. 1 – Apruébase el calendario de vencimientos de los tributos provinciales para el ejercicio fiscal 2018, que se adjunta en la planilla anexa que forma parte de esta resolución.

Art. 2 – Fíjase el vencimiento del pago total correspondiente al ejercicio fiscal 2018 de los impuestos inmobiliario y a los automotores, en las mismas fechas del anticipo/cuota 1 del tributo respectivo.

Art. 3 – Adhiérase a lo dispuesto por la resolución general (CA) 16/2017 para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos comprendidos en el mencionado régimen y resolución general (CA) 18/2017 para el Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB).

Art. 4 – Los pagos realizados con posterioridad a las fechas de vencimiento de la obligación respectiva, se considerarán efectuados fuera del término y devengarán intereses resarcitorios; imputándose el pago de acuerdo a lo establecido por el artículo 40 del Código Fiscal. El saldo impago de la declaración jurada correspondiente podrá ser liquidado e intimado para su cancelación con posterioridad por la Administración Tributaria Mendoza.

Art. 5 – De forma.

VIGENCIA Y APLICACIÓN

Vigencia: 21/12/2017

Aplicación: a partir del 1/1/2018

Anexo

 

Calendario de vencimientos

Ejercicio fiscal 2018

Mes de vencimiento

Ingresos brutos

Agentes (4)

Inmobiliario

(2)

Automotores

(2)

DDJJ mensual

DDJJ

anual

2017

retención/percepción

Período

(1)

Sellos

Tasa de just.

Ing. brutos

0-1-2

3-4-5

6-7

8-9

DDJJ

Pago

DDJJ

Pago

DDJJ

Pago

0-1

2-3

4-5

6-7

8-9

0-1

2-3

4-5

6-7

8-9

Feb 2018

Ene 2018

15

16

19

20

9

14

9

14

9

14

19(3)

20(3)

21(3)

22(3)

23(3)

Mar 2018

Feb 2018

15

16

19

20

9

13

9

13

9

13

19(3)

20(3)

21(3)

22(3)

23(3)

Abr 2018

Mar 2018

16

17

18

19

9

11

9

11

9

11

23

24

25

26

27

May 2018

Abr 2018

15

16

17

18

9

11

9

11

9

11

21

22

23

24

28

Jun 2018

May 2018

15

18

19

21

29 (5)

11

13

11

13

11

13

18

19

21

22

25

Jul 2018

Jun 2018

16

17

18

19

10

12

10

12

10

12

23

24

25

26

27

Ago 2018

Jul 2018

15

16

17

21

9

13

9

13

9

13

21

22

23

24

27

Set 2018

Ago 2018

17

18

19

20

10

12

10

12

10

12

17

18

19

20

21

Oct 2018

Set 2018

16

17

18

19

9

11

9

11

9

11

Nov 2018

Oct 2018

15

16

20

21

9

13

9

13

9

13

20

21

22

23

26

Dic 2018

Nov 2018

17

16

19

20

10

12

10

12

10

12

Ene 2019

Dic 2018

15

16

17

18

8

11

9

11

9

11

 

Referencias

(1) Corresponde al último dígito de la CUIT. Para presentación y pago de DDJJ de contribuyentes locales y de Convenio Multilateral, según R. (CA) 16/2017, y para el pago de contribuyentes del Régimen Simplificado

(2) Corresponde al último dígito de la CUIT

(3) Primer vencimiento con opción pago anual

(4) a) Vencimientos agentes de recaudación y control sobre acreditaciones bancarias, SIRCREB, de acuerdo al calendario fijado por la RG (CA) 18/2017

b) Vencimientos agentes de percepción del impuesto de sellos resolución general (ATM) 87/2016 – Encargados de Registros Seccionales de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios: de acuerdo a los vencimientos fijados por el art. 3 de la RG (ATM) 87/2016

(5) Para contribuyentes locales y de Convenio Multilateral

 

Fuente: Editorial Errepar