El Poder Ejecutivo firmó el DNU que establece la doble indemnización en el marco de la Emergencia Ocupacional y que se oficializará en Boletín Oficial.
Se aclara que la medida no aplicaría para los contratos celebrados con posterioridad a su entrada en vigencia.
Conocé el texto del Decreto de próxima publicación en BO.
ACTUALIZACIÓN AL 16/12/2019
DOBLE INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO SIN CAUSA
Entre los principales aspectos, mencionamos:
* Se declara la emergencia pública en materia ocupacional por 180 días, a partir del 13 de diciembre de 2019.
* El trabajador despedido sin justa causa tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización conforme a la legislación laboral.
* La duplicación comprende todos los rubros indemnizatorios.
* La medida no alcanza a los contratos laborales celebrados con posterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto.
Accedé al Decreto (Poder Ejecutivo Nacional) 34/2019
CLAVES DE LA DOBLE INDEMNIZACIÓN
El Dr. Gustavo Segú analiza los puntos más importantes del DNU 34/2019 que establece la emergencia ocupacional y la doble indemnización por despido sin causa.
Podrá acceder haciendo click aquí.