La Dirección General de Rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispone que, a raíz de las tareas de actualización y mantenimiento que deberá realizar sobre el Sistema de Gestión Integral Tributaria (GIT), se prorrogan, hasta el 22/8/2018, los vencimientos de las obligaciones tributarias cuyo plazo de vencimiento original para la presentación y/o pago opere los días 17 y 21 de agosto de 2018, ambos inclusive.
RESOLUCIÓN (DGR Bs. As. cdad.) 2627/2018
LA RESOLUCIÓN N° 3799/MHGC/2017 (BOCBA N° 5272), Y
CONSIDERANDO:
Que a través de la referida norma se establecieron las fechas de vencimiento de los distintos tributos que percibe el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondientes al ejercicio fiscal 2018;
Que el Sistema de Gestión Integral Tributaria (GIT) y sus soportes tecnológicos serán objeto de tareas de actualización y mantenimiento durante los días 17 al 21 de agosto, ambos inclusive, del corriente año;
Que la mencionada modernización tecnológica tendrá por objeto la optimización de la eficiencia de la base informática, facilitando el cumplimiento fiscal de las obligaciones tributarias y las tareas de fiscalización y recaudación por parte de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que el normal desenvolvimiento del sistema informático de este Organismo podrá verse afectado como consecuencia del desarrollo de las tareas señaladas, siendo posible que se dificulte el cumplimiento de las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operen durante el período mencionado, por parte de los contribuyentes;
Que es propósito de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos mantener una fluida relación con sus contribuyentes que permita a ambos cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones.
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 4 de la Resolución Nº 3799/MHGC/2017,
EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Art. 1 – Prorróganse hasta el día 22 de agosto de 2018, los vencimientos de las obligaciones tributarias cuyo plazo de vencimiento original para la presentación y/o pago operan los días 17 y 21 de agosto de 2018, ambos inclusive.
Art. 2 – La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación.
Art. 3 – De forma.
TEXTO S/R. (DGR Bs. As. cdad.) 2627/2018 – BO (Bs. As. cdad.): 16/8/2018
FUENTE: R. (DGR Bs. As. cdad.) 2627/2018
VIGENCIA Y APLICACIÓN
Vigencia: 16/8/2018
Aplicación: a partir del 16/8/2018
Fuente: Errepar