La ARBA informa, a través de su página web, medidas impositivas para las pequeñas y medianas empresas, entre las cuales destacamos:
* Ingresos brutos: Se postergará, durante noviembre y diciembre, el saldo a pagar para las empresas que facturen hasta $ 2 millones anuales. El monto acumulado se podrá abonar en 2019, en 3 cuotas sin interés. Además, serán excluidas de los padrones de retenciones bancarias y tarjetas.
* Embargos: Se podrán levantar, por tres meses, las medidas cautelares de cuentas bancarias y de derecho de crédito con la sola formalización del plan de pagos (hoy se requiere el pago de 10% de la deuda).
* Planes de pagos caducos: Se rehabilitarán durante 6 meses, con la obligatoriedad de abonar las cuotas vencidas que produjeron la caducidad y saldar en término el resto de los períodos a vencer.
* Repetición de saldos a favor vía web: Se amplió a $ 100.000 el límite para el acceso a la devolución de saldo a favor por Internet. Anteriormente, dicho límite era de $ 50.000 -RN (ARBA) 35/2017-.
Señalamos que, a la fecha, no ha sido publicada la normativa correspondiente a las medidas mencionadas.
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Fuente: Errepar