Régimen de información. Conceptos no remunerativos incluidos en la retribución de trabajadores en relación de dependencia. Adecuaciones

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Se modifica el plazo previsto para cumplir con el régimen de información por parte de los empleadores comprendidos en el Sistema Único de la Seguridad Social respecto de los conceptos no remunerativos que abonan a sus trabajadores.
En tal sentido, se determina que la información deberá suministrarse por período mensual y deberá cumplirse hasta la fecha de vencimiento general establecida para la presentación de la declaración jurada determinativa de los aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social.
En caso de que el empleador rectifique la declaración jurada determinativa indicada en el párrafo anterior, en la cual se modifique el monto de los conceptos considerados no remunerativos abonados en un período, corresponderá presentar una nueva Declaración Jurada Informativa de Conceptos No Remunerativos (DJNR) por dicho período.
La presente normativa entra en vigencia el 15 de enero de 2019.

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Fuente: Errepar