Se establece un nuevo diferimiento en los montos aplicables al impuesto sobre los combustibles líquidos, según el siguiente detalle:
- hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1/8/2019 y el 31/8/2019: se establece un incremento del 3% sobre los montos del impuesto aplicable durante el mes de julio de 2019;
- hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1/9/2019: se deberá considerar el incremento total en los montos del impuesto, calculado sobre la base de la variación trimestral del IPC.