Se establece que las solicitudes de inscripción de Sociedades anónimas, asociaciones civiles y fundaciones con domicilio legal en la Provincia de Córdoba se realizarán ante la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas (DIPJ) de la citada Provincia, a través del formulario disponible en el servicio informático denominado “Ciudadano Digital” del sitio web (https://tramitesipj.cba.gov.ar/), al que accederá el representante legal o sujeto autorizado con su clave fiscal de la AFIP para proceder a la inscripción de la sociedad.
La DIPJ, una vez que haya analizado la información y documentación recibidas, remitirá a la AFIP, a través de un servicio web, la solicitud de inscripción, para que esta efectúe las verificaciones correspondientes, asigne la CUIT a la sociedad y habilite el domicilio fiscal electrónico.
Las modificaciones de datos (razón social, domicilio legal, autoridades y componentes de la persona jurídica) se deberán efectuar mediante la plataforma “Ciudadano Digital” y la DIPJ de la Provincia de Córdoba remitirá digitalmente a la AFIP la documentación que acredite las modificaciones realizadas.
La finalización del trámite de inscripción será comunicada por la DIPJ a través del servicio web utilizado para solicitar la inscripción.
Señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del 27/9/2019 para las solicitudes de inscripción de sociedades anónimas y para la inscripción de sociedades civiles y fundaciones y la modificación de datos de todos los tipos societarios involucrados desde el 3/10/2019.
Acceda ala Resolución General Conjunta (AFIP – MF Cba.) 4584/2019