La AFIP posibilita, a partir del 1/10/2019, regularizar deudas por intereses resarcitorios, capitalizables y/o punitorios originados en obligaciones de capital -impositivas y/o previsionales- que hubieran sido canceladas, así como intereses correspondientes a retenciones y percepciones impositivas, anticipos y pagos a cuenta.
Accede a la Resolución General (AFIP) 4590