Se establecen los requisitos, plazos y demás condiciones para que los responsables inscriptos puedan acceder a la devolución, acreditación y/o transferencias de los créditos fiscales originados por la reducción a 0% de la alícuota del impuesto al valor agregado aplicable a la venta de determinados productos de la canasta básica -decreto 567/2019-
Las presentes disposiciones serán de aplicación para solicitudes correspondientes a los períodos fiscales del gravamen de agosto 2019 a diciembre 2019, ambos inclusive.
Accedé a la Resolución General (AFIP) 4615