El Banco Central dispone que las entidades financieras deberán destinar las 2 primeras horas de atención al público exclusivamente a los titulares de haberes jubilatorios y pensiones que integran el SIPA
El Banco Central dispone que las entidades financieras deberán destinar las 2 primeras horas de atención al público exclusivamente a los titulares de haberes jubilatorios y pensiones que integran el SIPA