Se establece, con carácter de excepción, que la AFIP podrá informar hasta el 10/7/2020 a las “empresas grandes” que queden obligadas a cumplir el Régimen de factura de crédito electrónica MiPyME.
Recordamos que, hasta el momento, la actualización del universo de empresas obligadas se debía efectuar hasta el séptimo día hábil del mes de mayo de cada año.