Prórrogas hasta el 31/8/2020: moratoria para MiPyMEs, presentaciones digitales, datos biométricos, blanqueo de clave fiscal y planes de pago

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Se prorroga hasta el 31 de agosto la adhesión a la Moratoria para MiPyMEs

Se extiende hasta el 31/8/2020, inclusive, el plazo para adherirse a la moratoria para las micro, pequeñas y medianas empresas establecida en el marco de la ley de solidaridad social y reactivación productiva.
La primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten desde el 1 y hasta el 31 de agosto de 2020, ambas fechas inclusive, vencerá el 16 de setiembre de 2020.
La AFIP deberá dictar las normas complementarias y aclaratorias para instrumentar la presente prórroga.

DECRETO 634/2020

Se prorroga durante agosto las  Presentaciones Digitales, la eximición de registración de datos biométricos y el blanqueo de clave fiscal por cajeros automáticos

La AFIP prorroga hasta el 31/8/2020:
*La modalidad de utilización obligatoria del servicio denominado “Presentaciones Digitales”, para la realización de determinados trámites y gestiones;
*La eximición para los contribuyentes y responsables de registrar sus datos biométricos ante las dependencias a fin de realizar transacciones digitales que tengan dicha registración como requisito;
*El blanqueo de clave fiscal por cajeros automáticos con nivel de seguridad 3 y la posibilidad para las personas humanas de acreditar su carácter de apoderados de personas humanas o representantes de personas jurídicas mediante la utilización del servicio “Presentaciones Digitales”. Recordamos que a tal efecto se deberá seleccionar el trámite “Vinculación de Clave Fiscal para Personas Humanas” o “Vinculación de Clave Fiscal para Personas Jurídicas”.

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4776

Régimen de facilidades de pago para planes caducos. Se amplía el plazo de caducidad para incorporar planes y se extiende hasta el 31/8 el plazo de adhesión

La AFIP establece que en el régimen de facilidades de pago para planes caducos, se permitirá incorporar obligaciones incluidas en planes cuya caducidad haya operado hasta el 30/6/2020, inclusive.
También extiende hasta el 31/8/2020 el plazo de adhesión al citado régimen.
Las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del 30/7/2020.

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4781