OBJETIVO DEL PROGRAMA
El programa “Preservar Trabajo” fue creado por el decreto (Bs. As.) 613/2020 y reglamentado por la resolución 240/2020 del Ministerio de Trabajo provincial.
Tiene por objeto contribuir al sostenimiento de las fuentes y puestos de trabajo en sectores de actividad económica particularmente afectados por la pandemia COVID-19, que por diversos motivos no accedieron al Programa Nacional de Asistencia a la Producción y el Trabajo (ATP) o a cualquier otro programa de similares características y por el mismo objeto, otorgada por cualquier otra jurisdicción nacional o provincial.
¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER AL PROGRAMA?
Son destinatarios del PPT las empresas y unidades productivas radicadas en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, que se encuadren en términos de dotación de trabajadores y facturación como micro y pequeñas empresas, cualquiera sea su forma jurídica.
En este sentido, podrán participar empresas y unidades productivas que no superen los 60 trabajadores, teniendo en cuenta los topes máximos y de facturación dispuestos para los distintos sectores de actividad.
Además, los destinatarios no deberán registrar deudas laborales, previsionales o de la seguridad social o, en su defecto, deberán presentar la documentación que acredite que se encuentran acogidas a regímenes de regularización.
Por su parte el Ministerio de Trabajo publicó una lista de actividades pre-seleccionadas.
Requisitos:
Las empresas y unidades productivas interesadas deberán presentar:
a) Personería jurídica otorgada o en trámite cuando se trate de empresas recuperadas en formación: deberán acreditar copia de estatutos y en este último caso deberán acreditar constancia de inicio de trámite ante la Autoridad Provincial de Aplicación;
b) Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP): deberán acreditar constancia vigente a la fecha de presentación;
c) Inscripción en la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA): deberán acreditar constancia vigente a la fecha de presentación;
d) Inscripción en el Programa ActiBA del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia de Buenos Aires: deberán acreditar certificado de inscripción.
De los trabajadores se deberá acreditar:
a) Para los trabajadores en relación de dependencia: última declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social (F. 931) presentada ante la AFIP;
b) Para los trabajadores socios activos de cooperativas: copia del libro de Registro de Socios e inscripción al Régimen Simplificado previsional e impositivo general o social (Constancia de Monotributo);
c) Para los trabajadores, socios activos con discapacidad: Certificado Único de Discapacidad o equivalente otorgado por organismo certificante habilitado, vigente a la fecha de presentación.
BENEFICIOS:
La asistencia del Programa “Preservar Trabajo” consiste en una prestación dineraria no reembolsable asignada a los trabajadores en forma individual, la que no podrá superar los $ 8.400 (correspondiente al 50% del salario mínimo, vital y móvil).
La asistencia se otorgará por un período inicial de 3 meses, prorrogables por períodos de la misma duración, hasta un máximo de 12 meses o mientras dure la emergencia sanitaria, social y económica si su plazo fuera menor.
Para el caso de trabajadores con discapacidad, se sumará a dicho importe un adicional del 20%.
Las empresas y unidades productivas beneficiarias deberán computar el monto de la prestación dineraria como parte del salario pactado con la persona trabajadora y/o como anticipos de retornos de futuros excedentes, según corresponda, y realizar el cálculo de los aportes y contribuciones sobre el salario total correspondiente.
PREINSCRIPCIÓN
La preinscripción se puede realizar ingresando en: https://www.trabajo.gba.gov.ar/programas-provinciales/programa-de-preservacion-del-trabajo, y completando de forma online el formulario aprobado por la resolución 4/2020 de la Subsecretaría de Empleo de la Provincia de Buenos Aires.