LICENCIA POR NACIMIENTO. NACIMIENTO MÚLTIPLE
En caso de que se produzca un nacimiento múltiple (mellizos, trillizos, etc.), ¿qué cantidad de días de licencia corresponde otorgarle al trabajador?
La cantidad de días de la licencia por nacimiento (dos días corridos, art. 158, LCT) no varía por la cantidad de hijos nacidos, ya que la ley de contrato de trabajo no contiene previsión alguna al respecto. A menos que el convenio colectivo aplicable a la actividad contenga alguna indicación al respecto, le corresponderá al trabajador la misma cantidad de días de licencia por un nacimiento simple que por uno múltiple. Sin perjuicio de ello, en dicho caso el empleador queda facultado para disponer en forma unilateral un incremento en la licencia, si así lo considera.