Las responsabilidades del auditor relacionadas con otra información – NIA 720 (Revisada) y enmiendas a otros estándares

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LAS RESPONSABILIDADES DEL AUDITOR RELACIONADAS CON OTRA INFORMACIÓN NIA 720 (REVISADA) Y ENMIENDAS A OTROS ESTÁNDARES

El Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB, por su sigla en inglés) emitió el 18 de abril de 2014, para comentario público, la Norma Internacional de Auditoría (ISA, por su sigla en inglés) 720 propuesta (revisada), “Las responsabilidades del auditor relacionadas a otra información” (42 págs.), conocida actualmente como “Las responsabilidades del auditor relacionadas a otra información en documentos que contienen estados financieros auditados”, básicamente aquella “otra información” que va más allá de la información contenida en los estados financieros de propósito general para usuarios externos, incluyendo su información complementaria (notas y cuadros-anexos).
La norma propuesta (revisada) aclara y mejora el alcance y enfoque de los esfuerzos del auditor en “otra información”, es decir, la información incluida en los documentos que contienen o que acompañan los estados financieros auditados de la entidad. Se reconoce que han ocurrido cambios significativos en la información financiera durante las últimas dos décadas en términos de información emitida en relación con los estados financieros de una entidad y la manera en que es utilizada con los usuarios.
Las primeras propuestas del IAASB, en el 2012, indicaron un amplio apoyo al requerimiento de que el auditor lea y considere la otra información frente al entendimiento de la entidad y del entorno, adquirido por el auditor a través de la auditoría, y que responda adecuadamente en el momento que identifique una inconsistencia material potencial en la “otra información” o un error de información en los estados financieros auditados. Así, se expandieron los documentos considerados como “otra información”, aclarando y potenciando la naturaleza de las responsabilidades del auditor frente a la lectura y el reconocimiento de “otra información”. Además, se incluyó una orientación para ayudar a los auditores a determinar la naturaleza y el alcance de su trabajo al considerar dicha “otra información”. Se introdujeron igualmente obligaciones de información con el objetivo de explicar, en el informe del auditor, la naturaleza de las responsabilidades del auditor en relación con la “otra información” y los hallazgos de su trabajo, a fin de mejorar la transparencia.
En síntesis, el estándar propuesto (revisado), en el 2014, aclara y fortalece el alcance y el enfoque de los esfuerzos del auditor sobre la información incluida en los informes anuales de las entidades, diferentes a los estados financieros auditados, e introduce nuevas responsabilidades de información del auditor. El auditor estaría requerido a realizar procedimientos limitados para evaluar la consistencia de la “otra información” con los estados financieros auditados. Adicionalmente, al leer la otra información, el auditor tendría como responsabilidad considerar si existe una inconsistencia material entre la “otra información” y su conocimiento obtenido durante el transcurso de la auditoría, y permanecer alerta frente a otras indicaciones que impliquen que la información adicional pudiera contener un error material.
También se conforman enmiendas propuestas a otras normas: NIA 210, NIA 230, NIA 260, NIA 450, NIA 500, NIA 560, NIA 700 (revisada), NIA 810, y el Glosario de términos.
La fecha de vencimiento para comentarios es el 18 de julio de 2014.
Para acceder al texto completo del estándar, haga click aquí.
Para los antecedentes sobre este tema, se puede consultar la obra “Tratado de Informes de Auditoría, Revisión, Otros Aseguramientos y Servicios Relacionados”, de Armando Miguel Casal, que contiene los estándares/normas clarificados, Errepar, 2009 (ISA 620, “Responsabilidades del auditor vinculadas a otra información en documentos que contienen estados financieros auditados”, págs. 609 a 612).