La AFIP, a través de la Resolución General (AFIP) 4799, informa que extiende durante el mes de agosto la suspensión de la baja de oficio de monotributo, no realizando durante ese mes los controles sistémicos que se aplican habitualmente a tal fin.
También se suspendería por el mes de agosto las baja por falta de pago, no computándose los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto del año 2020 como meses a contabilizar para la aplicación de las bajas automáticas del régimen del monotributo.
Recordamos que, estas medidas fueron tomadas en el marco de la pandemia global -reconocida como tal por la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 11 de marzo de 2020-, por el avance del coronavirus (COVID-19), para mitigar el impacto negativo que el aislamiento social, preventivo y obligatorio produce sobre los pequeños contribuyentes adheridos al monotributo.
ANTECEDENTES
La AFIP viene suspendiendo las bajas de oficio y las bajas por falta de pago en el monotributo desde marzo del presente año:
– Resolución General (AFIP) 4687 publicada en el Boletín Oficial del 28 de marzo de 2020 suspende las exclusiones de pleno derecho y las bajas automáticas por falta de pago para el mes de marzo;
– Resolución General (AFIP) 4704 publicada en el Boletín Oficial del 28 de abril de 2020 suspende las exclusiones de pleno derecho y las bajas automáticas por falta de pago para el mes de abril;
– Resolución General (AFIP) 4724 publicada en el Boletín Oficial del 28 de mayo de 2020 suspende las exclusiones de pleno derecho y las bajas automáticas por falta de pago para el mes de mayo;
– Resolución General (AFIP) 4738 publicada en el Boletín Oficial del 25 de junio de 2020 suspende las exclusiones de pleno derecho y las bajas automáticas por falta de pago para el mes de junio;
– Resolución General (AFIP) 4782 publicada en el Boletín Oficial del 31 de julio de 2020 suspende las exclusiones de pleno derecho y las bajas automáticas por falta de pago para el mes de julio.