Rescate financiero frente al derrumbe inmobiliario: inversiones en la economía real

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JULIETA ÁLVAREZ MILLET

La pandemia generada por el COVID-19 y la emergencia sanitaria declarada en el país profundizaron la situación de crisis en la que se encontraban las actividades inmobiliaria y de la construcción.

En ese contexto, los Ministerios de Economía y de Desarrollo Productivo firmaron un convenio de colaboración interinstitucional con la Comisión Nacional de Valores (CNV) para promover el financiamiento de la actividad inmobiliaria, y como parte de un plan de acción que el Gobierno está implementando para movilizar recursos hacia la actividad productiva, la generación de empleo y mejorar las perspectivas de desarrollo federal.

¿Cuál es la finalidad del acuerdo?

Se coordinarán acciones entre los tres organismos para el desarrollo y promoción de vehículos de inversión en el mercado de capitales que puedan impulsar la actividad inmobiliaria a nivel federal.

También se prevé la creación de un equipo técnico interinstitucional, para el desarrollo de iniciativas de alcance federal vinculadas con la construcción y el desarrollo inmobiliario, que podrá proponer acuerdos específicos y la adhesión de otros organismos, o entidades o empresas, que se encuentran bajo la jurisdicción del Poder Ejecutivo.

¿Por qué se celebra con el Ministerio de Desarrollo Productivo?

Las competencias del Ministerio inherentes a la producción, la industria y el comercio promueven su federalización, la defensa de la competencia y la creación de empleo de calidad, además de entender en la elaboración de los regímenes de promoción y protección.

¿Por qué se celebra con el Ministerio de Economía?

Entre los fundamentos del acuerdo se destaca lo inherente a la política económica, presupuestaria e impositiva, la administración de finanzas, las relaciones económicas que tiene con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la competencia para entender en el régimen de mercados de capitales.

Así, la CNV impulsará estructuras que promuevan inversiones en la economía real y que están orientadas a los sectores público y privado.

¿Cuáles son las medidas adoptadas hasta ahora por la CNV?

El 11 de setiembre de 2020 la CNV publicó en el Boletín Oficial la resolución general 855/2020 a través de la cual concretó la creación de un régimen especial de productos de inversión colectiva para el desarrollo inmobiliario, adaptando la normativa relativa a los fondos comunes de inversión cerrados y los fideicomisos financieros.

Esta normativa es producto de la consulta pública que se realizó a través del procedimiento de elaboración participativa de normas en las que se tomaron las opiniones y propuestas de varios sectores interesados y del público en general, y del convenio firmado con los Ministerios de Economía y de Desarrollo Productivo.

La resolución plantea el uso de los fondos comunes de inversión cerrados (FCIC) y de los fideicomisos financieros (FF), pero con características especiales que se adapten a la industria y que estén destinados al financiamiento, inversión y/o desarrollo de la actividad inmobiliaria.

El activo subyacente de los productos de inversión colectiva debe constituirse con el desarrollo, la adquisición, la refacción, la inversión y/o la renta de activos inmobiliarios y/o a través de vehículos creados para el desarrollo inmobiliario.

En el caso de fideicomisos financieros con oferta pública de sus valores fiduciarios y los fondos comunes de inversión cerrados que se constituyan bajo este régimen especial, deben incluir en su denominación la expresión “inmobiliario”.

¿Qué figuras incorpora?

Desarrollador

Es un partícipe esencial en este tipo de estructuras y establece un régimen especial para quien desempeñe dicho rol.

En el caso de productos de inversión colectiva cuyo objeto se encuentre destinado a la inversión en la actividad inmobiliaria, se debe designar un administrador inmobiliario.

Para ambos se deben consignar sus funciones en una sección especial en el prospecto, o en el suplemento de este, que incluya:

  • Denominación social, Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), domicilio y teléfono, sitio web y dirección de correo electrónico.
  • Datos de la respectiva inscripción en el Registro Público u otra autoridad de contralor que corresponda.
  • Nómina de los miembros de los órganos de administración y fiscalización, indicando vigencia de sus mandatos en consonancia con la fecha de cierre del ejercicio respectivo.
  • Información sobre el grupo económico que integre, descripción de la actividad, estructura y organización de la entidad.
  • Información contable (estado de situación patrimonial, y estado de resultados, índices de solvencia y rentabilidad correspondientes a los últimos 3 ejercicios, flujo de efectivo de los últimos 6 meses, número de empleados al cierre del período, indicación de proyectos en los que esté participando y antecedentes profesionales).

Toda la información debe actualizarse en forma anual, en concordancia con la aprobación de estados contables anuales del desarrollador, y debe publicarse en la Autopista de Información Financiera.

La falta de publicación de la información podrá ser causal de remoción del desarrollador.

Auditor técnico

La normativa prevé también la designación de un auditor técnico que se encargará de elaborar informes periódicos sobre el avance de la obra, comparando las proyecciones efectuadas con la aplicación real de los fondos a la ejecución de las mismas, calculando desvíos y cualquier otra información relevante.

Los informes deberán emitirse en forma trimestral y deben versar sobre las tareas desarrolladas durante la vigencia del producto de que se trate, incluyendo una conclusión respecto a los resultados arrojados. Estos informes deben ser publicados a través de la Autopista de Información Financiera en un plazo no superior a los 15 días hábiles de cerrado el trimestre.

¿Qué se espera con ello?

Impulsar el desarrollo de la actividad inmobiliaria en todas sus formas, brindando herramientas que permitan el acceso al financiamiento al pequeño ahorrista y al sector inmobiliario en general, teniendo en cuenta la importancia del mismo para la economía interna.