Ponemos a disposición el listado, actualizado por la editorial, con las actividades consideradas críticas por la Jefatura de Gabinete de Ministros alcanzadas por el beneficio del decreto 332/2020.
Recordamos que la jefatura de Gabinete de Ministros, a través de la decisión administrativa 1954/2020 ( BO: 28/10/2020), extendió los beneficios de Programa al período octubre y reglamentó los siguientes temas:
* Salario Complementario: se destinará a las actividades afectadas en forma crítica y a las del sector salud, en ambos casos con facturación interanual negativa.
Además, se efectúan adecuaciones en caso de pluriempleo.
* Reducción de contribuciones con destino al SIPA: destinado a las actividades afectadas en forma crítica y que reúnan las condiciones para ser beneficiarias del Salario Complementario.
* Postergación de contribución con destino al SIPA: para las actividades no afectadas en forma crítica y que reúnan las condiciones para ser beneficiarias del Crédito a Tasa Subsidiada.
* Crédito a Tasa Subsidiada: se prevé su alcance para las actividades afectadas en forma crítica con una nómina de hasta 800 trabajadores y una facturación interanual igual a cero o positiva hasta un 35 %.
Para las actividades no afectadas en forma crítica, alcanza a las empresas sin importar la cantidad de trabajadores, pero con una facturación interanual negativa y cuando tenga una dotación menor a 800 empleados, con una facturación interanual igual a cero o positiva hasta un 35%.
Además, se adecúa la tasa de interés según la variación de facturación interanual.
El monto máximo del crédito será de $ 20.000 por trabajador.
Asimismo, la AFIP oficializó, mediante la resolución 4844 (BO: 30/10/2020), la habilitación del servicio web “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, desde el 29 de octubre hasta 4 de noviembre, ambas fechas inclusive, para que los empleadores puedan inscribirse y solicitar los beneficios del Programa ATP de conformidad con lo dispuesto por la decisión administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros 1954/2020.
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Igualmente, podés acceder en este enlace al listado vigente de actividades críticas y no críticas alcanzadas sujetas a informe, publicado por AFIP, de acuerdo al “Comité de Evaluación y Monitoreo” del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” (decreto 332/2020), para el período octubre 2020.
Se encuentra disponible en Accesos Rápidos toda la información sobre el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción que incluye:
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