Programa ATP: salario complementario para empresas del sector salud por el período octubre

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La Jefatura de Gabinete Ministros, a través del decisión administrativa 2047/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, aceptó las recomendaciones formuladas por el Comité de Monitoreo y Evaluación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, contenidas en su Acta 25 correspondiente a su reunión del día 11 de noviembre.

En tal sentido, el  citado comité recomendó que las empresas de salud reciban el Salario Complementario y, además, que se les otorgue el beneficio de la postergación del pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA previsto en el inciso a) del artículo 6° del decreto  332/2020 y sus modificatorios, en tanto que la variación de facturación interanual sea igual a 0 o positiva de hasta 35% y el beneficio de la reducción del 95% de las contribuciones patronales con destino al SIPA previsto en el inciso b) del artículo 6° del decreto 332/2020 y sus modificatorios si la variación de facturación interanual resulta negativa.

Recordamos que  a través del decreto  823/2020 se extendió la vigencia del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, hasta el 31 de diciembre de 2020.

Accedé a la decisión administrativa (JGM) 2047/2020