Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia

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Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia

El 4 de diciembre de 2020 el Senado aprobó y convirtió en ley el “Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia”, y finalmente fue publicado en el Boletín Oficial el día 18 de diciembre.

El impuesto alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior, y a las residentes en el exterior por la totalidad de sus bienes en el país, en ambos casos existentes al 18 de diciembre de 2020, cuando excedan los $200.000.000 (doscientos millones de pesos).

Los bienes deberán ser valuados según las normas del impuesto sobre los bienes personales, independientemente del tratamiento que revistan los mismos frente al impuesto y sin deducción de mínimo no imponible.

La alícuota a aplicar será de entre el 2% y el 3,5% para el caso de bienes en el país, y para bienes en el exterior, la alícuota será de entre el 3% y el 5,25%, según el patrimonio gravado.

Señalamos que, en el mes de diciembre, habrá que valuar dos veces los bienes en el país y en el exterior. Como comentábamos anteriormente, al 18 de diciembre se valuarán para el aporte solidario y al 31 de diciembre habrá que valuarlos nuevamente, pero esta vez para el impuesto sobre los bienes personales.

Para analizar con más profundidad el “Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia”, los suscriptores de Errepar pueden ingresar a los siguientes artículos:

-“Aspectos técnicos del aporte solidario y extraordinario”, por Mastandrea, Alberto. En la colaboración, se abordan las cuestiones técnicas de este nuevo tributo y en la primera parte del trabajo el autor “rescata” del debate parlamentario las voces sobre la naturaleza jurídica del aporte.

-“Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia”, por Tozzini, Gabriela. En la colaboración, la autora analiza todos los antecedentes vividos en el país con los impuestos de emergencia y la postura de la Corte frente a ellos, como así también nos describe los posibles planteos sobre su constitucionalidad.

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