Específicamente para los Monotributistas, la RG (AFIP) 4855 estableció la eximición del componente impositivo a partir del período fiscal enero 2021 y por determinados meses, según la categoría en la que se encuentre registrado el sujeto beneficiario al 26/8/2020.
Textualmente el artículo 6 establece:
“RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
Artículo 6: La eximición del componente impositivo se efectuará a partir del período fiscal enero de 2021, y por los períodos que seguidamente se detallan, según la categoría en la que se encuentre registrado el sujeto beneficiario a la fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 27.562:
Categoría del Pequeño Contribuyente: | Períodos fiscales a eximir: |
Categorías A y B | Enero de 2021 a junio de 2021 |
Categorías C y D | Enero de 2021 a mayo de 2021 |
Categorías E y F | Enero de 2021 a abril de 2021 |
Categorías G y H | Enero de 2021 a marzo de 2021 |
Categorías I, J y K | Enero de 2021 a febrero de 2021 |
Para todas las categorías será de aplicación el límite de PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS ($ 17.500) que fija al presente beneficio la citada ley.
En caso de superarse el importe indicado en el párrafo anterior, los sujetos beneficiarios deberán ingresar las diferencias resultantes mediante transferencia electrónica de fondos, conforme lo establecido en laResolución General N° 1.778, sus modificatorias y sus complementarias.
Los contribuyentes que hubieran obtenido el “Crédito a Tasa Cero” o el “Crédito a Tasa Cero Cultura” y que asimismo obtengan el beneficio previsto en este artículo, podrán reimputar los pagos realizados en exceso mediante el “Portal Monotributo”.
La obtención de este beneficio no inhibe que se aplique el previsto en el artículo 31 del Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010 y su modificatorio.
Actualmente observamos que en el detalle de la Cuenta Corriente para Monotributistas y Autónomos -CCMA-, en la posicion de febrero 2021 de un contribuyente cumplidor recategorizado, o sea que tiene una categoría superior a la que tenía en el mes de agosto de 2020, la AFIP ha eximido de la totalidad del componente impositivo.
Entendemos que de esta forma otorgará el beneficio en estos casos sin importar la categoría actual del contribuyente siempre que se encuentre dentro del límite de los $17.500 que estableció la norma para este beneficio.
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