Pablo Ariel Figueredo – Departamento de Contenidos, Laboral
El Ministerio de Trabajo finalmente homologó, a través de la resolución 178/2021, el acuerdo salarial entre la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERYH) y la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal y que fija nuevas condiciones salariales desde abril, julio y octubre de este año y desde febrero de 2022.
Al acuerdo salarial fija las condiciones salariales tanto para los encargados de edificios, cuya actividad está regulada por el CCT 589/2010 y para el personal de casa de renta, alcanzado por el CCT 590/2010.
¿Cómo es el incremento salarial?
El acuerdo de recomposición salarial de las remuneraciones de los trabajadores de la actividad será el siguiente:
– un 7% de incremento con la remuneración del mes de abril de 2021 para la cuarta categoría establecida en el art 6 del CCT 589/10, aplicándose en forma proporcional a las restantes categorías establecidas en el referido artículo
– un 10% de incremento con la remuneración del mes de julio de 2021 para la cuarta categoría establecida en el art 6 del CCT 589/10, aplicándose en forma proporcional a las restantes categorías establecidas en el referido artículo,
– un 10% de incremento con la remuneración del mes de octubre de 2021 para la cuarta categoría establecida en el art 6 del CCT 589/10, aplicándose en forma proporcional a las restantes categorías establecidas en el referido artículo,
– un 5% de incremento con la remuneración del mes de febrero de 2022 para la cuarta categoría establecida en el art 6 del CCT 589/10, aplicándose en forma proporcional a las restantes categorías establecidas en el referido artículo.
Revisión salarial
El acuerdo prevé que las partes asumen a su vez el compromiso de reunirse en el mes de septiembre de 2021 a fin de evaluar la necesidad de una revisión de los incrementos salariales.