La licenciada Laura Godoy describe los puntos clave del reciente acuerdo salarial –homologado por la R. (ST) 473/2021– de la actividad metalúrgica que alcanza a los trabajadores comprendidos en el CCT 260/1975 y explica, a través de un ejemplo práctico, la liquidación de haberes.
Con fecha 14 de abril 2021 se formalizó la última revisión del nuevo acuerdo salarial para los trabajadores del rubro metalúrgico, el cual denominaremos Acuerdo Salarial 2021/2022. El mismo quedó homologado por la resolución (ST) 473/2021 de fecha 29 de abril de 2021.
Este Acuerdo dispone un incremento total del 35,2% tomando como base el sueldo básico establecido del mes de marzo de 2021.
Este incremento se debe calcular escalonadamente en 3 etapas, se abonará en concepto de asignación no remunerativa y se irá incorporando a los básicos de convenio gradualmente.
El ámbito de aplicación de este Acuerdo rige para las ramas de la actividad metalúrgica representadas en todo el territorio nacional comprendiendo la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, excepto las ramas Electrónico (8) y Autopartes (4) de esta Provincia.
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