Al igual que a fines de 2012, el jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, vuelve a la carga con la idea de aplicar un impuesto a las operaciones comerciales celebradas por mail.
Por Hernán Gilardo
De acuerdo al texto del Proyecto de Presupuesto 2015 -que ya se encuentra en la Legislatura porteña- las operaciones realizadas por correo electrónico estarán alcanzadas por el Impuesto de Sellos a una tasa del 1 por ciento.
La propuesta es similar a la incluida en el proyecto de Presupuesto 2013 que al final fue descartada de la iniciativa. Por entonces, Macri intentó establecer un nuevo tributo denominado Impuesto sobre los Actos Jurídicos Onerosos que alcanzara a las operaciones comerciales celebradas a través del correo electrónico.
El asesor impositivo Alberto Romero, recordó ante iProfesional que la propuesta antes descripta “era un mamarracho jurídico”.
En este sentido, apuntó que “la implementación del Impuesto sobre los Actos Jurídicos Onerosos -tal como lo había concebido el macrismo para el Presupuesto 2013- violaba el principio instrumental acuñado en la Ley de Coparticipación Federal”.
“Las jurisdicciones locales tienen prohibido establecer impuestos distintos al Inmobiliario, Sellos, Automotor, tasas judiciales e Ingresos Brutos”, aseguró Romero.
Es por ello, que el jefe de Gobierno porteño decidió insistir con la iniciativa pero, esta vez, a través del Impuesto de Sellos.
Una iniciativa polémica
A fin de entender la renovada propuesta macrista, desde el estudio Lisicki, Litvin & Asociados, Gastón Vidal Quera explicó a este medio que “el proyecto de modificación del Código Fiscal 2015 porteño incorpora expresamente dentro de los actos, contratos y operaciones realizados por correspondencia realizadas a los que se realizaren por correo electrónico, con firma electrónica o digital”.
“Sigue siendo requisito para tener un instrumento alcanzado con el tributo que esa propuesta sea contestada transcribiendo los elementos esenciales o sea firmada por sus destinatarios para estar alcanzada con el Impuesto de Sellos”, aclaró Vidal Quera.
“El fisco porteño ya lleva más de cinco años intentando alcanzar esta clase de acuerdo comerciales”, advirtió el experto.
“El intento de alcanzar los contratos electrónicos pueden chocar con un doble escollo para el fisco porteño. Por un lado, según la ley de firma digital es necesario un procedimiento para validar la firma electrónica y que tenga validez como la ológrafa”, aseguró Vidal Quera.
Y añadió: “No es un procedimiento que las empresas realicen y si tiene validez en el ámbito de la administración pública. Por otra parte, parece muy difícil de poder ser fiscalizadas estas relaciones contractuales por medio de correo electrónico o sistemas informáticos”.
“Sin dudas el Impuesto de Sellos es un tributo pensado para otra manera de realizar transacciones económicas y que con el avance de la tecnología y nuevas maneras de contratación encuentra un ámbito difícil de aplicación”, concluyó el experto.
Aumento en el ABL y Patentes
El proyecto de Presupuesto 2015 porteño también prevé un fuerte aumento en la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL). De acuerdo al texto, las boletas llegarán con alzas de hasta el 30%, mientras que las Patentes treparán, en algunos casos, hasta el 50 por ciento.
Hace tres años comenzó la actualización en los valores fiscales y las adecuaciones de la tasa de inmuebles en la ciudad.
En efecto, según la iniciativa, el 24% de las 180.000 partidas (las de mayor valor fiscal) aumentarán el 30 por ciento. En tanto, el 19% subirá entre 23% y 29% y el 41% de las partidas se incrementará menos del 23 por ciento.
Por último, el 16% no sufrirá cambios. Cabe recordar que 150.000 partidas están eximidas de pago entre las que figuran las de jubilados y discapacitados y de algunas ONG.
Límites desactualizados
Asimismo, el Gobierno porteño no evalúa actualizar el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos porteño.
De hecho, para 2015 el tope máximo de ingresos anual seguirá siendo de sólo $200.000, límite que llega a triplicarse en el caso del nacional ($400.000 anuales para prestación de servicios y $600.000 al año para la compraventa de bienes muebles).
Ante tal diferencia en los límites máximos, se multiplican las voces que piden que el fisco porteño al menos eleve al doble el valor actual para, llevar el techo de facturación del régimen local a $400.000 anuales.
Fuente: texto publicado por iProfesional.com (3/11/2014)