Arba deroga el régimen de información para corralones y constructoras

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arba

ARBA derogó tres regímenes de información de diferentes actividades. Mediante la Resolución Normativa 30/2021, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, derogó a partir del 6 de setiembre (fecha en que se publica la norma en el boletín oficial), tres regímenes de información relacionados con las  actividades vinculadas a la construcción, mercados frutihortícolas y transporte aéreo.

Según la norma publicada en el boletín oficial, los avances tecnológicos que la  Agencia de Recaudación ha desarrollado y la consolidación de las relaciones de intercambio de información con otros organismos públicos, permiten contar directamente con la fuente primaria de información, optimizando el desenvolvimiento de las acciones de control, lo que posibilita prescindir del requerimiento de la misma a través de la actuación de agentes específicos.

Recordamos que días atrás la ARBA había circulado en forma masiva notificaciones intimando inclumplimiento del régimen de información de corralones y constructoras.

Luego las entidades profesionales solicitaron una reunión para aclarar los aspectos relevantes del régimen y esta respondió a las entidades las cuestiones planteadas acerca del régimen de información para corralones y constructoras y de las notificaciones masivas que el Organismo Fiscal realizó en el marco del mismo.

La principal pregunta luego de la derogación, era si se tenía que cumplir no obstante con la intimación.

Con fecha 7/9/2021 se efectuó una reunión virtual de Espacios de dialogo entre el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la CABA y ARBA donde se destaca la siguiente respuesta, ya que por el visto y considerando de la RN (ARBA) 30/2021 que trajo la derogación, suponiamos que habían quedado sin efecto las intimaciones:

b) En caso de darse de alta a partir de 2021 ¿Corresponde suministrar los datos retroactivamente a la vigencia de la norma que establece el régimen o a partir de la fecha que se dio de alta como agente de información?
Respuesta: Independientemente de la fecha del trámite de alta, el contribuyente deberá presentar las DDJJ que correspondan, según la fecha a partir de la cual quedó comprendido en el régimen informativo.

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ARBA DEROGA TRES REGÍMENES DE INFORMACIÓN

Disposición Normativa “B” 16/2006: Aplicable desde el 23/3/2006 hasta el 5/9/2021

Dentro de los regímenes derogados y el más cuestionado en las últimas semanas , es el régimen de información de corralones y constructoras, dispuesto por la Disposición Normativa Serie “B” 16/2006 y modificado por las Disposiciones Normativas Serie “B”  36/2006 y  18/2007.

Este régimen de información se implementó  para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos inscriptos  por sus actividades de venta al por menor de aberturas, artículos para plomería e instalación de gas y materiales de construcción n.c.p., y de construcción, reforma y reparación de edificios residenciales o no residenciales y terminación de edificios y obras de ingeniería civil n.c.p.

El mismo proporcionaba la  presentación de una declaración jurada cuatrimestral con información relacionada a los hechos imponibles que, en ejercicio de sus actividades, hayan contribuido a realizar. En las mismas deberán detallar datos del comprador, como así también los datos de la operación efectuada.

Disposición Normativa “B” 21/2005: Aplicable desde el 1/4/2005 hasta el 5/9/2021

Esta disposición establecía un régimen de información para los mercados mayoristas, minoristas o depósitos en los que se realicen operaciones de compra y/o venta de productos frutihortícolas..
Mediante este régimen, las personas físicas o jurídicas que ejerzan la administración o explotación del mercado debían actuar como agentes de información. Dichos sujetos tendrían que suministrar a la Autoridad de Aplicación, con carácter de declaración jurada, los datos que prevé el sistema aplicativo Sistema de Mercados (SIDEME), en forma bimestral, con un detalle mensual.

Disposición Normativa “B” 29/2006: Aplicable desde el 5/5/2006 hasta el 5/9/2021

La presente norma establecía un régimen de información para las empresas de servicios de transporte aéreo internacional de personas.

Los agentes de información del presente régimen deberían proporcionar una declaración jurada informativa cuatrimestral que debiera contener determinados datos relativos a los traslados al exterior de la República Argentina efectuados durante el cuatrimestre informado.