Richard L. Amaro Gómez
Si durante el ejercicio 2021 una sociedad registró contra un gasto una provisión en defecto por $ 20.000, dado que la factura llegó en 2022 por $ 25.000,00, ese mayor gasto que quedó contabilizado en 2022, ¿se ajusta en la contabilidad fiscal 2021, a fin de deducir el gasto real?
Recordemos que la ley del impuesto a las ganancias sólo admite la deducción de gastos reales y ciertos devengados para un sujeto empresa. En este marco, es preciso indicar que en la contabilidad 2021 quedó registrado el gasto por $ 20.000,00, tal como refleja la siguiente registración contable:
Ahora bien, en 2022 llegó la factura por $ 25.000,00 reconociendo la contabilidad el gasto en defecto en el presente ejercicio por $ 5.000,00 mediante la siguiente registración:
Todo lo expuesto conlleva a que va a ser necesario ajustar la contabilidad fiscal tanto de 2021 como de 2022 para que el gasto quede imputado al ejercicio fiscal que corresponde, en nuestro caso 2021:
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