El titular de la Cámara de Diputados presentó un proyecto de ley para aumentar a partir del 1° de julio los valores o montos máximos de facturación de las distintas categorías del Monotributo en un 29,1% para que no se retrasen frente a la inflación; manteniendo sin cambios los valores de las cuotas mensuales.
Por otra parte también se producirán modificaciones para los autónomos que han quedado rezagados por disponer de un Mínimo no Imponible (MNI) más bajo que los empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados.
En el primer semestre de este año, las jubilaciones y demás prestaciones que paga la ANSES acumulan una suba de 29,1%, por los aumentos de 12,28% en marzo, y 15% en junio.
Actualmente la ley de Monotributo fija la actualización de los montos de facturación una vez por año, en el mes de enero, de acuerdo a la variación de la fórmula de movilidad. Y en enero y julio, corresponde recategorizarse si el Monotributista facturó menos o más en relación a su categoría.
El valor de la cuota del Monotributo depende de la categoría, y está conformado por una parte impositiva (el impuesto integrado), el aporte jubilatorio, (componente previsional (SIPA) y otro a la obra social.
Quienes son trabajadores en relación de dependencia y simultáneamente Monotributistas no deben pagar el componente previsional y de obra social porque ya lo abonan como dependientes activos. Tampoco los jubilados que aportan directamente al PAMI.