¿En qué consisten las nuevas normas del BCRA para las billeteras virtuales?

por
bcra

El Banco Central incorporó a las billeteras virtuales, como a los Proveedores de Servicios de Pago, en las normas para la “protección de los usuarios de servicios financieros”.

A través de la Comunicación “A” 7593, el BCRA sumó a Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago (PSPCP) y a los Proveedores de Servicios de Pago dentro de la “Protección de los Usuarios de Servicios Financieros” desde el 1 de septiembre de 2022.

Hasta la fecha en cuestión, estaban incluidos como sujetos obligados:

  • Entidades financieras
  • Operadores de cambio
  • Fiduciarios de fideicomisos acreedores de créditos cedidos por entidades financieras
  • Empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra
  • Proveedores no financieros de crédito

Con esta comunicación, ambos proveedores deberán observar las normas para proteger a los usuarios del accionar de las entidades, prevenir en las entidades situaciones de errores o incumplimientos y promover mejores prácticas en beneficio de las personas usuarias.

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Además, deberán presentar un informe de cumplimiento mediante profesionales matriculados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Su elaboración será con el modelo que se establezca y tendrá que verificar el cumplimiento de las normas del BCRA.

Los usuarios acceden a los siguientes beneficios:

  • Información más precisa
  • Reintegros de reclamos, débitos no consentidos o bonificaciones, en plazo con más intereses
  • Protección para las cláusulas abusivas
  • Las billeteras virtuales están obligadas a otorgar ayuda al cliente de forma accesible.
  • Asegura que los términos de la contratación se puedan leer, descargar y guardar de manera inalterable
  • Los clientes rescindirán el contrato o harán la baja con sencillez.
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