REGISTRO ESPECIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL – PERSONAL DE CASAS PARTICULARES. CAMBIO DE CATEGORÍA INFORMADA EN EL ALTA. PROCEDENCIA
¿Es obligatorio modificar en el registro “Personal de Casas Particulares” el cambio de la categoría informada en el alta?
Sí. El instructivo de AFIP del registro “Personal de Casas Particulares” determina que cualquier novedad que modifique las condiciones o situación del trabajador (por ejemplo: cantidad de horas trabajadas, remuneración, extinción de la relación laboral, alta de nuevo trabajador, etc.) se debe informar de inmediato a través de las modificaciones de datos que están disponibles en el citado registro.
Fuente: Editorial Errepar