El Ministerio de Trabajo pretende hacer obligatoria esta modalidad que hoy está de manera optativa.
El Gobierno nacional comenzará a exigir a las empresas la emisión de recibos de sueldo digitales. Según informó el sitio iProfesional, “la implementación obligatoria” de estos datos”arrancará de manera escalonada”.
Para ello, el Ejecutivo convertirá en obligatorio un procedimiento que -hasta el momento- es opcional. Por ahora está en vigencia el marco normativo que reglamenta “el régimen de autorización a los empleadores para emitir recibos de pago de salarios al personal en relación de dependencia, a través de formas electrónicas o digitales,en reemplazo de soporte en papel utilizado”.
El recibo digital se implementará respetando “los derechos de los dependientes”. La reglamentación vigente establece requisitos que aseguran la validez probatoria de dichos documentos emitidos de manera digital, la veracidad de sus enunciaciones y la intangibilidad de la remuneración.
Como primer paso, la resolución emitida por el Ministerio de Trabajo establece que el empleador que tenga que implementar la emisión de recibos de sueldos digitales, deberá efectuar una presentación que contenga los siguientes requisitos mínimos:
· El universo de trabajadores alcanzado por la medida.
· Los protocolos y estándares tecnológicos utilizados para garantizar la seguridad, autenticidad, autoría, integridad e inalterabilidad de los recibos emitidos bajo estas modalidades.
· La forma y contenido necesario que debe poseer cada uno de ellos.
· La declaración jurada del representante legal del empleador en cuanto a que la compañía reconocerá la autenticidad de los documentos en los términos de este régimen.
· El mecanismo de sustitución del soporte papel.
· Los procesos operativos de flujo electrónico que permitan considerar la trazabilidad de los casos sujetos a dicho régimen.
· El modo de asegurar el pleno acceso de los empleados a sus recibos emitidos, conforme la reglamentación, fuera del establecimiento y de forma personal y privada.
· Las acciones de contingencia para la guarda y recuperación de los mismos, sin afectación alguna a su contenido.
La empresa deberá garantizar la recepción del documento por parte dependiente mediante su acceso a Intranet de la organización por canal seguro, por usuario y clave, con plazo adecuado de visualización.
Además, la firma deberá arbitrar los medios para posibilitar su eventual impresión de manera gratuita.
Como requerimiento extra, los ejemplares de recibos digitales deberán contener la siguiente mención: “La empresa reconoce la autenticidad, autoría e integridad del presente documento”.
Fuente: texto publicado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba (8/10/2013)
y los empleados que no tienen acceso a intranet?