RESOLUCIÓN (MT Bs. As.) 116/2013 | Trabajo y previsión social. Provincia de Buenos Aires. Personal de casas particulares (ex servicio doméstico). Programa de regularización de personal

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RESOLUCIÓN (MT Bs. As.) 116/2013 | Trabajo y previsión social. Provincia de Buenos Aires. Personal de casas particulares (ex servicio doméstico). Programa de regularización de personal

JURISDICCIÓN: Buenos Aires
ORGANISMO: Min. Trabajo
FECHA: 06/09/2013
BOL. OFICIAL: 16/10/2013

Art. 1 – Aprobar el Programa de Regularización del Personal de Casas Particulares Empecemos por Casa en la Subsecretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo, que tendrá por objeto fomentar la valorización social y la regularización laboral del trabajo en casas particulares en la Provincia de Buenos Aires.
Art. 2 – El Programa Empecemos por Casa tendrá los siguientes objetivos específicos:
1. Impulsar el aumento del nivel de registración laboral del sector;
2. Favorecer el posicionamiento de los trabajadores y trabajadoras con conocimiento de sus derechos y obligaciones en el marco de la norma que regula la actividad;
3. Incentivar la profesionalización de las tareas desarrolladas por los empleados/as;
4. Estimular la reflexión sobre el impacto del género en esta labor;
5. Promover la concientización sobre el valor del trabajo en casas particulares en la comunidad en general;
6. Propiciar la generación de mejores condiciones de trabajo decente para el personal de casas particulares.
Art. 3 – El Programa Empecemos por Casa se implementará a través de la ejecución de proyectos enmarcados en las siguientes líneas de acción:
1. Capacitaciones.
2. Campañas de concientización social.
3. Formación laboral.
4. Asesoramiento legal y técnico.
Art. 4 – El Programa que se aprueba por el artículo 1 de la presente estará a cargo de un coordinador/a, quien será responsable de la formulación, implementación y evaluación de las actividades necesarias para el cumplimiento de los objetivos previamente planteados.
Art. 5 – Asignar la función de coordinadora del Programa Empecemos por Casa, a la agente Magdalena Zurita, DNI 32.260.218, legajo personal 601.674.
Art. 6 – Las funciones que por los artículos precedentes se asignan no generarán erogación presupuestaria adicional alguna.
Art. 7 – La Subsecretaría de Empleo dictará las normas reglamentarias, complementarias, aclaratorias y de aplicación necesarias para la implementación del Programa Empecemos por Casa, y estará facultada para suscribir los convenios operativos que sean necesarios para su instrumentación.
Art. 8 – De forma.