BIENES DE USO. VALUACIÓN. RESOLUCIÓN TÉCNICA (FACPCE) 41/2015
¿Cuáles son las normas contables profesionales de medición para los Bienes de Uso aplicables a los entes pequeños y medianos que utilicen la resolución técnica (FACPCE) 41/2015?
Las normas contables de medición para los Bienes de Uso, excepto activos biológicos, en la situación de los entes pequeños y medianos que utilicen la resolución técnica (FACPCE) 41/2015 (modificada por la resolución técnica (FACPCE) 42/2016), estipulan que están representadas por los siguientes criterios:
(1) el costo menos su depreciación acumulada; o
(2) el modelo de revaluación conforme a la resolución técnica (FACPCE) 17/2000.
A dicho costo, dadas ciertas condiciones, se le adicionarán las erogaciones posteriores a su incorporación originadas en:
(a) mejoras; y
(b) reemplazo o reacondicionamiento.
Las restantes erogaciones posteriores a la incorporación del bien se considerarán imputables a resultados en el período en que se lleven a cabo. No se requiere la comparación de la medición periódica de dichos bienes al cierre de cada período si el resultado de cada uno de los últimos tres ejercicios fue positivo.
Fuente: Editorial Errepar