RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3916
BO: 27/07/2016
Se establece el procedimiento aplicable para la importación de mercaderías que ingresen al país a través del servicio de couriers.
El mismo es aplicable a importaciones de hasta 50 Kg de peso valuadas en hasta U$S 1.000 (un mil dólares estadounidenses), conformadas por hasta 3 unidades de la misma especie, y que no hagan presumir una finalidad comercial.
Este tipo de envío solo podrá ser utilizado hasta 5 veces al año por persona.
Quien reciba el envío deberá notificar a la AFIP su recepción dentro de los 30 días de recibido el mismo.
Señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación desde el 25/8/2016.
Fuente: Editorial Errepar