RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3927
BO: 16/08/2016
Se establece un régimen de información a partir del 1/11/2016, el cual estará a cargo de los productores y/u organizadores de espectáculos musicales respecto de los contratos celebrados con músicos extranjeros o agrupaciones musicales extranjeras en los que participen músicos nacionales registrados o agrupaciones musicales nacionales registradas.
Los productores u organizadores deberán informar por bimestre calendario y por transferencia electrónica de datos a través de la página de la AFIP los datos del evento, los músicos nacionales y extranjeros que participan en el mismo, el valor de la contraprestación, la fecha y forma de pago y el importe pagado en carácter de arancel a SADAIC.
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Fuente: Editorial Errepar