Blanqueo ¿Los VEP pueden ser pagados por una tercera persona?

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El impuesto especial del blanqueo, que se abona por VEP, ¿puede ser cancelado por un tercero distinto del declarante?El impuesto especial del blanqueo, que se abona por VEP, ¿puede ser cancelado por un tercero distinto del declarante?

Sí. La AFIP informa, a través de su página web, que los VEP pueden ser pagados por una tercera persona, debiendo para ello conocer el número de VEP y CUIT del declarante.

Cuando una persona jurídica pague el impuesto especial de otra persona humana o jurídica, deberá contar con las autorizaciones previstas por la entidad de pago correspondiente.

Consulte el procedimiento para generar las autorizaciones en las redes Link Banca Empresa – Interbanking en el Micrositio de Errepar. 

Fuente: Editorial Errepar