RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3969
BO: 29/12/2016
Como consecuencia de haberse extendido al mes de junio de 2017 el vencimiento para la presentación y pago de las DDJJ de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta del período fiscal 2016 para las personas humanas y sucesiones individas, se prorroga al mes de julio de 2017, el ingreso del primer anticipo de los citados impuestos para los mencionados sujetos. Los citados vencimientos operarán entre el día 13/7/2017 y el 17/7/2017, según la terminación de CUIT.
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Fuente: Editorial Errepar