Se efectúan diversas adecuaciones en materia de facturación y registración. Entre los aspectos más salientes, destacamos:
- Se eleva, a partir del 2/5/2019, de $ 5.000 a $ 10.000 el importe a partir del cual deben ser identificados los consumidores finales,
únicamente cuando se trate de operaciones canceladas con tarjetas de crédito, débito u otro medio de pago electrónico. Señalamos
que los citados importes serán actualizados semestralmente, en los meses de enero y julio. - Se establece que si al momento de solicitarse el CAE para la emisión de una factura tipo A la AFIP constatara determinadas
inconsistencias por parte del receptor del comprobante, asignará un CAE junto con un código que identificará las irregularidades
observadas, y el IVA discriminado en dicho comprobante no podrá computarse como crédito fiscal. - Se oficializa la prórroga para la comercialización de controladores fiscales de vieja tecnología y la posibilidad de recambiar las
memorias de dichos equipos hasta el 31/8/2019. Con posterioridad al 31/8/2019, solo se podrá recambiar la memoria por fallas
técnicas de equipos de vieja tecnología cuya fecha de adquisición no posea más de un año de antigüedad. - Los equipos de vieja tecnología podrán ser utilizados hasta el 31/5/2021 si se poseen 11 equipos o más, hasta el 31/7/2021 si se
poseen entre 2 y 10 equipos, y hasta el 30/9/2021 en el caso de un solo equipo. - Los sujetos que desarrollen como actividad principal “Venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos” y/o “Venta al
por mayor de materiales y productos de limpieza”, que en el último año comercial hayan registrado operaciones por un monto mayor
a $ 50.000.000 y opten por utilizar controladores fiscales deberán utilizar equipos de nueva tecnología a partir del 1/9/2019. - Los reportes “resumen de totales” y “reporte de duplicados” que deben generar los sujetos que utilicen controladores fiscales de
nueva tecnología deberán ser informados en forma mensual para los monotributistas y semanalmente por parte de los responsables
inscriptos y los exentos de IVA. Similar tratamiento debe aplicarse a la generación de la “Cinta testigo digital”. - Se extiende hasta el 30/6/2019 la posibilidad de utilizar el programa aplicativo AFIP DGI – RECE – Régimen de Emisión deComprobantes Electrónicos – versión 4.0.