RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3601 | Automotores y otros bienes. Se fijan las valuaciones de bienes e información complementaria para el período fiscal 2013

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RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3601 | Automotores y otros bienes. Se fijan las valuaciones de bienes e información complementaria para el período fiscal 2013

JURISDICCIÓN: Nacional
ORGANISMO: Adm. Fed. Ingresos Públicos
FECHA: 05/03/2014
BOL. OFICIAL: 11/03/2014
VIGENCIA DESDE: 11/03/2014

Art. 1 – Los contribuyentes y/o responsables del impuesto sobre los bienes personales, a los efectos de la determinación del tributo y la confección de las respectivas declaraciones juradas deberán considerar lo que se establece por la presente.

Art. 2 – El valor mínimo de los automotores y motovehículos (motocicletas y motos), a que se refiere el segundo párrafo del inciso b) del artículo 22 de la ley 23966, Título VI, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, correspondiente al año fiscal 2013, estará dado por el que para cada caso se consigna en el Anexo I.

Art. 3 – Las cotizaciones al 31 de diciembre de 2013, de las monedas extranjeras y de los títulos valores y sus cupones impagos, así como las correspondientes a las cuotas parte de los fondos comunes de inversión, son las que, para cada caso, se consignan en los Anexos II y III, respectivamente.

Art. 4 – El formato de catastro correspondiente a las distintas jurisdicciones del país y las denominaciones de las entidades financieras con su respectiva Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) son los que, para cada caso, se consignan en los Anexos IV y V, respectivamente.

Art. 5 – A los efectos previstos en el punto 8 de la declaración primaria del Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento -Anexo I del D. 1807 del 27 de agosto de 1993- se considerarán los valores que se consignan en el Anexo I.

Art. 6 – Apruébanse los Anexos que se indican a continuación, que forman parte de la presente:

I – Valor de los automotores y motovehículos (motocicletas y motos).

II – Valor de cotización de las monedas extranjeras.

III – Detalle de sociedades y fondos comunes de inversión.

IV – Detalle del formato de catastro según la jurisdicción.

V – Detalle de entidades financieras.

Art. 7 – De forma.

TEXTO S/RG (AFIP) 3601 – BO: 11/3/2014
FUENTE: RG (AFIP) 3601

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1 comentario en "RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3601 | Automotores y otros bienes. Se fijan las valuaciones de bienes e información complementaria para el período fiscal 2013"

  1. tengo una ristra de ajo colgada en mi cuello ,para evitar que dracula no me succione los globulos rojos de mi yugular ,pero no tiene efecto .Espero que con la estaca de madera tenga mas exito

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